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Se podrá ir a la discoteca, pero no bailar, mientras que regresan los toros y los casinos

El gobierno ha modificado hoy la orden en la que se establecen las actividades permitidas en fase 3 con el fin de flexibilizar algunas de estas restricciones.

Entre las modificaciones publicadas hoy se encuentra la de la apertura de dicotecas y locales de ocio nocturnos, establecimientos hosteleros que ahora sí podrán abrir en esta fase 3. Eso sí, no se podrá bailar y de existir en el local un espacio destinado a pista de baile o similar, este podrá ser utilizado para instalar mesas o agrupaciones de mesas; pero prohibiendose su uso habitual.

Según dispone esta orden,  en estos locales no podrá superarse un tercio de su aforo. También podrán reabrir sus terrazas al aire libre. En este supuesto el aforo, como el el resto de negocios de la actividad hostelera, la ocupación máxima se sitúa en el 75%.

Además también se permitirá la apertura de plazas, recintos e instalaciones taurinas al aire libre. Las butacas deberán estar pre-asignadas, no podrá superarse la mitad del aforo autorizado, y en todo caso, no podrán acceder a estos eventos más de ochocientas personas.

Ambas actividades estaba previsto que se permitieran en fase 3, según en el cronograma inicial de la previsión orientativa para el levantamiento de las limitaciones establecidas por el estado de alarma en cada fase. de actividades. La sorpresa fue su exclusión de la orden en el que se autorizaban diversas actividades en fase 3. En aquel documento inicial también se mencionaba el posible regreso de los espectadores, con un máximo de un tercio del aforo, a los eventos deportivos.

Regresan los casinos, establecimientos de juegos colectivos de dinero y de azar, salones de juego, salones recreativos, rifas y tómbolas, locales específicos de apuestas y otros locales e instalaciones asimilables a los de actividad recreativa de juegos y apuestas. Esta reapertura queda condicionada a que no se supere el cincuenta por ciento del aforo autorizado.

COMPARTIR VEHÍCULO

En los vehículos destinados al transporte público de viajeros, ahora podrán usarse todos sus asientos. Por contra, en los vehículos privados, las cosas serán diferentes dependiendo de las personas que convivan en el mismo hogar. Así ha quedado ahora regulado este aspecto:

En las motocicletas, ciclomotores y vehículos categoría L, en general, que estén provistos con dos plazas homologadas (conductor y pasajero) podrán viajar dos personas. El uso de guantes será obligatorio por parte del pasajero y también por parte del conductor en el caso de motocicletas y ciclomotores destinados al uso compartido. A estos efectos, serán admitidos los guantes de protección de motoristas.

En los transportes privados particulares y privados complementarios de personas podrán viajar tantas personas como plazas tenga el vehículo, siempre que todas residan en el mismo domicilio.

En los transportes privados particulares y privados complementarios de personas, cuando no todas convivan en el mismo domicilio, podrán desplazarse dos personas por cada fila de asientos, siempre que respeten la máxima distancia posible entre los ocupantes.

En los transportes públicos de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, podrán desplazarse dos personas por cada fila adicional de asientos respecto de la del conductor, debiendo garantizarse, en todo caso, la distancia máxima posible entre sus ocupantes.En caso de que todos los usuarios convivan en el mismo domicilio, podrán ir tres personas por cada fila adicional de asientos respecto de la del conductor.

En los vehículos en los que, por sus características técnicas, únicamente se disponga de una fila de asientos, como en el supuesto de cabinas de vehículos pesados, furgonetas, u otros, podrán viajar como máximo dos personas, siempre que guarden la máxima distancia posible.

En el transporte público regular, discrecional y privado complementario de viajeros en autobús, así como en los transportes ferroviarios, en los que todos los ocupantes deban ir sentados, se podrán usar la totalidad de los asientos.

En los transportes públicos colectivos de viajeros de ámbito urbano y periurbano, en los que existan plataformas habilitadas para el transporte de viajeros de pie, podrán ocuparse la totalidad de las plazas sentadas, y se mantendrá una referencia de ocupación de dos usuarios por cada metro cuadrado en la zona habilitada para viajar de pie.

EL PAPEL DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS EN FASE 3

Según el Real Decreto de prórroga del estado de alarma publicado ayer, las CCAA podrán modular la aplicación de las medidas en su territorio y pueden pasar a ser autoridades competentes delegadas para la adopción, supresión, modulación y ejecución de las medidas correspondientes a la fase 3, salvo para las medidas vinculadas a la libertad de circulación que excedan el ámbito de la unidad territorial determinada para cada comunidad autónoma

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