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El BOR publica la resolución de inviabilidad ambiental del parque eólico de Aldealobos

El Boletín Oficial de La Rioja ha publicado hoy la resolución del estudio de impacto ambiental que se conoció ayer dando, de esta manera, oficialidad a la no superación de este trámite por parte del proyecto

Esta resolución, que fue conocida ayer aunque hasta hoy no ha sido recogida en el BOR, determina que el proyecto de parque eólico ‘Aldealobos’, presentado por el promotor, Siemens Gamesa Renewable Energy Wind Farms, SA, no es ambientalmente viable.

Su cercanía al núcleo de población de Aldealobos (el aerogenerador más cercano se encuentra a unos 752 metros), teniendo en cuenta las dimensiones de los aerogeneradores (200 metros de altura) lleva a esta consideración de inviabilidad.

En este aspecto se impone el principio de precaución ya que se considera que “no se puede garantizar la ausencia de molestias a la población, por la generación de ruido, el efecto intermitencia de sombra y los riesgos asociados a que ocurra algún accidente grave por desprendimiento de las palas u otras causas”

Aunque los estudios presentados concluyen que los efectos del funcionamiento del parque sobre la población cumplen la normativa en cuanto al ruido y no serán significativos en relación con el efecto sombra, en aplicación del principio de precaución se considera que no se puede garantizar la ausencia de molestias a la población, por la generación de ruido, el efecto intermitencia de sombra y los riesgos asociados a que ocurra algún accidente grave por desprendimiento de las palas u otras causas.

También el estudio de impacto ambiental cree que la construcción de un parque eólico en el paraje La Plana, “contraviene todos los objetivos planteados para esta área, que según el Plan General Municipal, son la protección de los valores medioambientales y paisajísticos existentes, fomentando los recursos turísticos y limitando los posibles impactos” y no se olvida de rechazo manifestado por diferentes asociaciones vecinales del municipio “por la inadecuación del emplazamiento”.

Ahora, tras la publicación en el BOR, se hace preceptiva la comunicación de esta resolución al promotor, al órgano sustantivo y al Ayuntamiento de Ocón.

Desde el Gobierno de La Rioja se recordaba ayer que todos los proyectos deben pasar el filtro normativo con el que se cuenta en la Administración como la Directriz de Protección de Suelo No Urbanizable, las figuras de espacios naturales protegidos y los propios Planes Generales Municipales y, por supuesto, la normativa referente a las evaluaciones de impacto ambiental que aseguran un respeto al patrimonio natural y cultural, a la integración ambiental, a las normativas urbanística y a la salud humana.

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