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Calahorra, Alfaro, Pradejón y Nájera a nivel 5 ¿Qué se podrá hacer y qué no?

Tras la decisión del Consejo de Gobierno de pasar a Calahorra, Alfaro y Nájera al nivel 5 y mantener e Pradejón en este niveldel Plan de “medidas según indicadores”, varias son las limitaciones a las que serán sometidas estas localidades.

Ya no se podrá entrar y salir de estos municipios, sus toques de queda comenzarán a las 22:00 y se mantendrán hasta las 6:00, y sus actividades económicas, consideradas no esenciales deberán cerrar a las 17:00. Además, las reuniones no podrán superar las cuatro personas.

Estas medidas estarán vigentes desde las 0:00 horas del viernes.

Relaciones sociales y familiares:

  • Limitación al máximo de los contactos fuera de los GCE.
  • Reuniones hasta un máximo de 4 personas salvo que se trate de convivientes y sin perjuicio de las excepciones que se establezcan en relación a dependencias, instalaciones y establecimientos abiertos al público, o respecto a personas menores o dependientes. No están incluidas en la limitación las actividades laborales, educativas e institucionales, ni aquellas para las que se establezcan medidas específicas en la normativa aplicable.
  • Mantenimiento de distancia interpresonal, prohibición de fumar en vía pública sin mantener la distancia de 2m., prohibición de fumar en terrazas y prohibición de comer y beber en espacios públicos cuando no sea posible mantener la distancia de seguridad y fuera del GCE.
  • Recomendación de permanecer en el domicilio.
  • Limitación de horarios de apertura al público hasta las 17:00h en los establecimientos, al menos, hasta las 6:00 horas del día siguiente. Quedan exceptuados los establecimientos recogidos en el Anexo I (Esenciales) y las recogidas en la medida duodécima del Acuerdo de CG de 20 de enero de 2021 y actividades determinadas en el Plan recogidas en el Acuerdo de CG de 4 de noviembre de 2020.

Movilidad:

  • Limitación de entrada y salida de la unidad territorial evaluada (salvo excepciones Art. 3 Decreto Presidenta 15/2020, de 28 de octubre).
  • Restricción de movilidad nocturna entre las 22:00h y las 06:00h.
  • Recomendación de salir del domicilio solo para lo necesario, evitando espacios cerrados en los que se desarrollan actividades incompatibles con el uso de mascarillas y concurren muchas personas.

Velatorios, entierros y ceremonias fúnebres:

  • Limitación de aforo a 1/3 en espacios cerrados (máximo 10 personas) siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad.
  • Limitación de asistentes a 20 personas en espacios abiertos siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad.

Centros residenciales de personas mayores y con discapacidad, centros de día y centros de participación activa:

  • Residencias de mayores y personas con discapacidad: restricción de las salidas de residentes. Restricción de las visitas.
  • Centros de Participación activa: cierre de este tipo de centros.

Hogares del jubilado, ludotecas y centros de ocio juvenil:

  • Apertura con un aforo del 50% en interior. Actividad permitida únicamente en mesas garantizando la distancia de 2 metros entre sillas de diferentes mesas. Ocupación máxima de 4 personas por mesas o agrupación de mesas.
  • Limitación de horario de apertura al público hasta las 17:00h.

Discotecas y locales de ocio nocturno:

  • Cierre.

Establecimientos como salas de bingo, casinos, salones recreativos y de juegos, locales específicos de apuestas:

  • Aforo del 30% en interior.
  • Ocupación máxima de 4 personas por mesa o agrupación de mesas.
  • Limitación de horario de apertura al público hasta las 17:00 h.
  • Garantizar la distancia de 2 metros entre las sillas de las diferentes mesas.

Instalaciones y centros deportivos (fuera del ámbito regulado por el CSD):

  • Zonas interiores:
    • Gimnasios, instalaciones y centros deportivos: cierre de zonas interiores.
    • Si se dan en zonas exteriores se mantendrá la limitación de grupos de este nivel, es decir, 4 personas.

Congresos, encuentros, reuniones de negocio, conferencias, seminarios y otros eventos profesionales:

  • Solamente se podrán realizar de forma telemática.

Academias, autoescuelas y otros centros de formación no reglada:

  • 1/3 del aforo.
  • Recomendación de la enseñanza telemática
  • Presencialidad si pueden garantizarse las medidas de prevención, distanciamiento e higiene.
  • Suspensión de actividades donde asistan personas vulnerables.
  • Recomendación de enseñanza telemática.
  • Academias de danza, baile o similares: grupos máximo de 6 personas y uso obligatorio de mascarilla.

Hoteles, albergues turísticos, residencias de estudiantes y otros alojamientos:

  • Cierre de zonas comunes.
  • Cierre de albergues juveniles.
  • Residencias de estudiantes:
    • Prohibidas las visitas.

Bibliotecas, archivos, salas de exposiciones, monumentos…

  • Aforo del 50% para cada una de las salas y espacios públicos.
  • Actividades en grupo máximo 4 personas.

Piscinas y zonas de baño:

  • Aforo del 50% al aire libre y 1/3 en cerradas.
  • Control de aforos.

Parques y zonas de esparcimiento al aire libre:

  • Abiertos manteniendo las medidas de distanciamiento, higiene y prevención.
  • Prohibición del consumo de alcohol.
  • Recomendación del cierre nocturno.

Caza y pesca

  • Suspensión general de las actividades. No obstante, se podrán autorizar excepciones por parte de la Consejería competente de forma extraordinaria y por razones de sobrepoblación de especies cinegéticas o zoonosis, teniendo en cuenta los datos epidemiológicos cuando se lleve a cabo de forma individual, salvo unidad de convivencia, en el término municipal del lugar de residencia habitual.
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