Los Proyectos de interés estratégico regional (PIER) son declarados por el Consejo de Gobierno de La Rioja a propuesta del Consejo de Administración de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja. Si en pasadas fechas fue declarado el de Bossonit, hoy se ha declarado como tal el de Transportes Royo.
La declaración de un proyecto de inversión como de interés estratégico podrá puede tener entre otros beneficios,que sus trámites tengan un impulso preferente y urgente ante cualquier Administración pública y órgano del sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Para ellos, además, Los plazos ordinarios de los trámites administrativos previstos en la normativa de la Comunidad Autónoma de La Rioja se reducirán a la mitad, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos, a los procedimientos de concurrencia competitiva, a los de naturaleza fiscal y a los de información pública.
Las inversiones incluidas en la declaración de interés estratégico regional se beneficiarán de las primas de intensidad de ayuda que pudieran establecerse en las correspondientes bases reguladoras y/o convocatorias de las subvenciones, en los términos establecidos por las mismas, pudiéndose fijar un importe máximo global de ayuda al proyecto.
De igual manera, cuando para ejecutar un proyecto de interés estratégico fuera necesaria la expropiación forzosa de bienes y derechos a favor del solicitante, la declaración de utilidad pública e interés social, así como la necesidad y urgencia de la ocupación de bienes y derechos afectados se realizará de acuerdo con lo establecido por la legislación expropiatoria.
También podría conllevar el establecimiento o ampliación de servidumbres de paso para vías de acceso, líneas de transporte y distribución de energía y canalizaciones de líquidos o gases, en los casos en que fuera necesario, de conformidad con la normativa que las regule.
Requisitos de los PIER
Se requiere que los PIER contribuyan al desarrollo del perfil productivo de La Rioja, potenciando sectores innovadores; que tengan alto potencial innovador y desarrollo tecnológico que representen un avance cualitativo en la reindustrialización de La Rioja; supongan la implantación de nuevas actividades económicas que pueden sustituir a sectores en declive o en reconversión; tengan incidencia en la cohesión territorial y en el desarrollo de las zonas más desfavorecidas, contemplando la ‘repoblación’ como uno de los indicadores decisorios a la hora de valorar la viabilidad o que estén alineados con los sectores, ejes y políticas de desarrollo regional establecidos en los distintos planes, programas y estrategias.
Además, estos proyectos deben de ser viables económica y financieramente; deben ajustarse a la normativa vigente, en especial la relativa a la protección del medioambiente, a la ordenación territorial y al urbanismo y generar cadenas de valor añadido y empleo de calidad en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
La declaración de interés estratégico para La Rioja se realizará en atención a la especial relevancia del proyecto de inversión para el desarrollo social y económico de La Rioja, valorando los siguientes criterios:
a) Su impacto en la economía riojana, especialmente su efecto tractor, en particular en los sectores de especial interés para La Rioja.
b) Su impacto en la creación y mantenimiento de empleo de calidad.
c) Incidencia de la inversión en la vertebración territorial y social.
d) Su capacidad para movilizar inversión privada interna o externa.
e) Grado de innovación que aporta el proyecto y aportación a la reindustrialización de La Rioja.
f) Contar con un plan de igualdad de acuerdo con la normativa que resulte de aplicación.
g) Impacto del proyecto en la sostenibilidad ambiental de La Rioja.
h) Impacto en los sectores que se priorizan en las políticas de desarrollo regional en los distintos planes, programas y estrategias.
i) Favorecer la empleabilidad y la inclusión de la mujer, juventud y colectivos vulnerables en el mercado laboral.
j) Otros compromisos y obligaciones que asume el promotor de la inversión.





