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La Justicia condena a la Administración regional por “dejadez”

El sindicato CSIF se felicita por una sentencia a favor de una funcionaria del Museo de La Rioja defendida por este sindicato y que reclamaba el pago de una serie de horas extraordinarias que la administración se negaba reconocer.

El sindicato CSIF se felicita por una sentencia a favor de una funcionaria del Museo de La Rioja defendida por este sindicato y que reclamaba el pago de una serie de horas extraordinarias que la administración se negaba reconocer.

Tanto para este sindicato como para su defendida, lo importante de la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso/Administrativo nº2 de Logroño no es sólo el reconocimiento de las cantidades reclamadas; sino el de la dejadez e indolencia con la que ha actuado la Administración. Una actitud que también recoge el fallo, condenando a costas a la administración demandada por su forma de proceder.

En concreto, la sentencia determina literalmente que “la administración ha tenido la oportunidad tanto en vía administrativa como en vía judicial de probar que las horas de trabajo que la recurrente solicitaba como exceso no eran tales y que su petición no se ajustaba a la realidad y, sin embargo, no ha realizado esfuerzo alguno.”

La misma sentencia aclara que “alegar ahora que no hay prueba sobre la realización de horas extraordinarias realizadas, cuando la propia parte pidió como prueba anticipada que fueran certificadas las horas de trabajo del 2019 y la administración estaba en condiciones de hacerlo, resulta, como poco, paradójico pues sería tano como premiar la dejadez de la administración ante una petición formal, fundada y judicializada de una funcionaria.” (sic).

Remarcan desde el sindicato que curiosamente en el año en que se producen los hechos se incorporó un mecanismo de control horario, origen de muchos de los conflictos que se vivían en el Museo de La Rioja por aquel entonces. “Desde la Consejería de Desarrollo e Innovación se ponía en duda la actitud de estos trabajadores, ya que su secretario general técnico decía entonces que ‘había situaciones que contravenían las obligaciones básicas de cumplimiento de la jornada y el horario laboral’”.

Ahora, según reconoce esta sentencia, es la administración demandada la que no cumple con sus obligaciones y se presenta a un juicio sin comprobar, pudiéndolo hacer, las horas realizadas por sus trabajadores.

Contra dicha sentencia no cabe interponer recurso de apelación.

CSIF se felicita por la misma y por el excelente trabajo de los Servicios Jurídicos de este sindicato que han sabido defender las justas reclamaciones de sus afiliados, además de poner en evidencia la “dejadez” de una administración que no sabe reconocer y premiar el esfuerzo de sus empleados públicos.

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