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La Audiencia de Madrid condena a Mediaset a pagar 73 millones por la emisión de Pasapalabra

La Audiencia Provincial de Madrid ha elevado hasta los 73,2 millones de euros la indemnización que Mediaset deberá abonar al grupo británico ITV por la emisión de Pasapalabra entre 2012 y 2019. La resolución considera que la cadena obtuvo beneficios superiores a los calculados inicialmente gracias a la explotación del concurso televisivo.

El fallo llega apenas un día después de que el Tribunal Supremo obligara a Antena 3 a dejar de emitir El Rosco, al reconocer que los derechos de esa prueba pertenecen a la productora MC&F y no a ITV.

La sentencia de la Audiencia confirma así la obligación de Mediaset de compensar económicamente a ITV por los ingresos generados durante los años en los que Telecinco emitió el programa de forma irregular. Además, la resolución ya es firme y no admite recurso.

En una primera instancia judicial, la indemnización se había fijado en 44,3 millones de euros. Sin embargo, el tribunal considera ahora que los ingresos publicitarios vinculados al programa fueron mayores. También incorpora una compensación adicional de 233.134 euros por el denominado “efecto arrastre” sobre los informativos nocturnos de Telecinco.

El conflicto judicial por Pasapalabra se remonta a hace más de una década y provocó que Telecinco dejara de emitir el concurso en 2019. El origen del litigio está relacionado con los derechos del formato británico The Alphabet Game, base sobre la que posteriormente se desarrolló el programa conocido en España.

El concurso llegó por primera vez a España en el año 2000 de la mano de Antena 3. Más tarde pasó a Telecinco, donde continuó utilizando la prueba final conocida como El Rosco. Posteriormente, MC&F reclamó a Mediaset el uso de ese formato al considerar que vulneraba sus derechos de propiedad intelectual.

La resolución judicial se basa en el artículo 140 de la Ley de Propiedad Intelectual, que establece que las indemnizaciones deben calcularse según los beneficios obtenidos de forma ilícita y las pérdidas sufridas por el titular legítimo de los derechos. Según el fallo, se trata de una de las mayores condenas económicas dictadas en España por un litigio relacionado con propiedad intelectual audiovisual.

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