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El Extremadura desaparece ¿y qué pasa ahora con la liga?

El Extremadura UD milita en Primera RFEF junto al CD Calahorra, UD Logroñés y SD Logroñés por lo que este asunto les afecta a estos tres equipos riojanos de manera muy directa.

El presidente del Extremadura confirma la liquidación del club que desaparece después de quince años de deudas. Tras el descenso a Segunda RFEF, debido a la incomparecencia del equipo en dos partidos oficiales «el proceso de liquidación es imparable», admitió.

Tal y como ya contamos en ActualidadRiojaBaja en noviembre, según contemplan las Normas reguladoras y bases de competición de Primera RFEF, una doble incomparecencia en la competición del Extremadura conllevaría la exclusión del equipo. Las incomparecencias frente al Deportivo de La Coruña y el Racing de Ferrol hacen realidad esta eliminación.

El Extremadura UD milita en Primera RFEF junto a CD Calahorra, UD Logroñés y SD Logroñés por lo que este asunto les afecta a estos tres equipos riojanos de manera muy directa.

Según contempla el reglamento, el club excluido de una competición por doble incomparecencia, o el que se retire de la misma, se tendrá por no participante en ella y ocupará el último lugar de la clasificación, con cero puntos, computándose entre las plazas de descenso previstas.

Además, el Código Disciplinario de la RFEF dice que en una competición por puntos, se computará el encuentro por perdido al infractor, descontándole, además, tres puntos en su clasificación, declarando vencedor al oponente, por el tanteo de tres goles a cero.

La plantilla y el cuerpo técnico del Extremadura ha anunciado que ejercerá su derecho a huelga durante dos fines de semana. En esas fechas, los de Almendralejo deberían enfrentarse al Deportivo de la Coruña y al CD Calahorra. Esto originaría una doble incomparecencia.

En el supuesto de una segunda incomparecencia en la misma temporada, o de retirada de la competición, el culpable será excluido de la competición, con los efectos siguientes:

a) Siendo la competición por puntos, se respetarán todas las puntuaciones obtenidas por los demás clubs hasta el momento, y en el resto de los encuentros a celebrar se dará por vencedor a los oponentes por el resultado de la media de los goles encajados por el equipo excluido.

b) Si lo fuere en la segunda vuelta, se aplicará idéntica norma en relación con los partidos correspondientes a ésta, pero respetándose todas las puntuaciones conseguidas en el transcurso de la primera.

c) El club así excluido quedará adscrito al término de la temporada a la división inmediatamente inferior, -computándose entre las plazas previstas para el descenso en las bases de la competición-, sin derecho a ascender hasta transcurrida una más, y si al consumarse la infracción estuviera virtualmente descendido, a la inmediatamente siguiente.

3. En todo caso cualquier clase de incomparecencia o retirada de la competición, determinará la imposición al club infractor de multa en cuantía de 3.006 a 12.021 euros, y la obligación del incomparecido, si fuera el visitante, de indemnizar al oponente.

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