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El Constitucional da parcialmente la razón al Grupo Popular ante decisiones de Jesús María García como presidente del Parlamento

El Tribunal Constitucional anula resoluciones del Parlamento de La Rioja realizados durante la legislatura concluida de Concha Andreu al limitar la función de la Junta de Portavoces

El Tribunal Constitucional ha estimado parcialmente el recurso de amparo presentado por los diputados del Grupo Popular en el Parlamento de La Rioja durante la anterior legislatura. La sentencia, dictada por la Sala Segunda, anula varias resoluciones del expresidente de la Cámara por vulnerar el derecho de participación política.

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La resolución considera que se lesionó el artículo 23.2 de la Constitución Española, al privar a los diputados del PP de una participación efectiva en la elaboración del orden del día de los plenos parlamentarios. El ponente ha sido el magistrado Enrique Arnaldo Alcubilla.

El recurso se dirigía contra resoluciones del presidente del Parlamento de fechas 16 y 23 de diciembre de 2022, así como contra diversos acuerdos de la Mesa de la Cámara adoptados entre diciembre de 2022 y febrero de 2023.

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Según el Tribunal, el entonces presidente actuó al margen del Reglamento parlamentario vigente al reducir la función de la Junta de Portavoces a una mera audiencia, cuando esta tenía una competencia decisoria en la fijación del orden del día.

El fallo subraya que esta actuación afectó al ejercicio del cargo representativo, al impedir que el portavoz del Grupo Popular pudiera intervenir en una de las decisiones clave para la actividad parlamentaria: la determinación de los asuntos a tratar en los plenos.

Como consecuencia, el Constitucional ha declarado nulas las resoluciones impugnadas, aunque no adopta otras medidas de restablecimiento, al tratarse de actuaciones realizadas en una legislatura ya concluida.

Por otro lado, el Tribunal desestima otras partes del recurso relativas a acuerdos de la Mesa sobre la convocatoria de sesiones extraordinarias, la admisión a trámite de una reforma del Reglamento y la composición de las comisiones parlamentarias.

La decisión del Constitucional marca un precedente respecto al respeto a las normas internas de funcionamiento de los parlamentos autonómicos, en especial en lo relativo a los derechos de los grupos parlamentarios en el proceso legislativo.

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