El COI limitará la categoría femenina a mujeres biológicas y reintroduce test cromosómicos para Los Ángeles 2028
El Comité Olímpico Internacional ha aprobado una nueva normativa que restringe la participación en las competiciones femeninas a mujeres biológicas y recupera los test cromosómicos de verificación de sexo. La medida se aplicará en los Juegos Olímpicos de Los Ángeles 2028.
La decisión implica que quedarán fuera de la categoría femenina las deportistas transgénero, así como aquellas con determinadas variaciones genéticas, incluidas las portadoras del gen SRY. El organismo establece así una política única que sustituye a los criterios anteriores, vigentes desde 2021.
La presidenta del COI, Kirsty Coventry, ha señalado que los deportistas con resultado positivo en SRY podrán competir en otras categorías, como la masculina o pruebas mixtas. Según explicó, el objetivo es garantizar la equidad competitiva.
Los nuevos controles se realizarán mediante pruebas de saliva, sangre o raspado bucal y tendrán carácter permanente, ya que solo será necesario realizarlos una vez en la vida del deportista. La organización de estos test recaerá en las federaciones internacionales y organismos deportivos nacionales.
Desde el COI se justifica la medida en base a la “evidencia científica más reciente”, que, según el organismo, concluye que el sexo masculino aporta ventajas en disciplinas que requieren fuerza, resistencia o potencia.
La normativa no tendrá carácter retroactivo. Esto significa que no afectará a resultados anteriores, como el oro olímpico de la boxeadora Imane Khelif en París 2024, pese a que la deportista reconoció ser portadora del gen SRY.
El debate sobre la elegibilidad en el deporte femenino no es nuevo. Casos como el de la atleta Caster Semenya han marcado los últimos años. La corredora fue objeto de restricciones por su nivel de testosterona y llevó su caso ante distintas instancias judiciales.
En 2023, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos falló a favor de Semenya al considerar que había sufrido discriminación. Sin embargo, la normativa de World Athletics no se modificó tras la sentencia.
Con esta decisión, el COI unifica los criterios de participación en el deporte olímpico y deja sin efecto marcos previos sobre inclusión y no discriminación por identidad de género, en un contexto de creciente debate internacional sobre la regulación de las categorías deportivas.




