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Toda La Rioja en un nivel tres reforzado por las medidas de Semana Santa

El Consejo de Gobierno ha decidido mantener el nivel tres del PMI aunque la consejera portavoz del gobierno ha recordado que desde este viernes a las 0:00 y hasta el día 10 de abril a la misma hora entrarán en vigor las medidas acordadas para semana santa. La portavoz ha referido a lo recordado ayer por ActualidadRiojaBaja.

En estas medidas que estarán vigentes en Semana Santa, el principal cambio afectará a las reuniones sociales, que no podrán ser superior a cuatro personas en espacios cerrados y a convivientes en domicilios, y al toque de queda, que se ampliará y pasará a ser de 23:00 y 06:00 horas en vez de ser de 23:00 a 5:00.

En lo referente a las relaciones sociales el acuerdo establecía limitarlas a un máximo de cuatro personas en espacios públicos cerrados y hasta un máximo de seis personas en espacios públicos abiertos. Estas limitaciones no se aplicarán a grupos de personas convivientes.

En los espacios de uso privado, tanto en el interior como en el exterior y en los domicilios, se limita la permanencia a los convivientes.

Además, continúan las limitaciones de entrada y salida de personas del territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja salvo algunas excepciones como el cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales o legales, el retorno al lugar de residencia habitual o la asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables, entre otros.

En estas limitaciones se han previsto igualmente algunas excepciones. De esta forma, las personas que viven solas podrán formar parte de una unidad convivencia pero cada unidad de convivencia solo podrá integrar a una única persona que viva sola.

Igualmente se permite la reunión de personas menores de edad con sus progenitores en caso de que esos no convivan en el mismo domicilio así como la reunión de personas con vínculo matrimonial o de pareja que no vivan en domicilios diferentes. Igualmente se permite la reunión para el cuidado, la atención o el acompañamiento a personas menores de edad, personas mayores o dependientes, con discapacidad o especialmente vulnerables, cuando resulte necesario para el normal desenvolvimiento de esta persona.

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