Cervera de Río Alhama, con una incidencia acumulada de cerca de 1.300 en los últimos 14 días, pasa al nivel más alto de restricciones según el plan de medidas según indicadores, el nivel seis. Así lo ha decretado esta mañana el Consejo de Gobierno en su reunión semanal.
Con la adopción de estas medidas, ya no se podrá entrar y salir de la localidad salvo causas debidamente justificadas, las reuniones sociales permitidas serán exclusivamente de convivientes y se cerrará toda su actividad económica considerada no esencial.
Estas medidas estarán vigentes desde las 0:00 horas del jueves.
Relaciones sociales y familiares:
- Limitación al máximo de los contactos fuera de los GCE.
- Reuniones limitadas a la unidad de convivencia y unidad de convivencia ampliada. Excepciones:
- Las personas que viven solas podrán formar parte de una única unidad de convivencia ampliada (cada unidad puede integrar solamente a una única persona que viva sola).
- Reunión de menores de edad con sus progenitores (en caso de que no convivan en el mismo domicilio).
- Reunión de personas con vínculo matrimonial o de pareja cuando estos vivan en domicilios diferentes.
- Reunión para el cuidado, la atención o el acompañamiento a menores de edad, mayores o dependientes, con discapacidad o especialmente vulnerables, cuando resulte necesario para el normal desenvolvimiento de esta persona.
- Actividades laborales, educativas, institucionales ni aquellas para las que se establezcan medidas específicas en la normativa aplicable.
- Mantenimiento de distancia interpresonal, prohibición de fumar en vía pública sin mantener la distancia de 2m., prohibición de fumar en terrazas y prohibición de comer y beber en espacios públicos cuando no sea posible mantener la distancia de seguridad y fuera del GCE.
- Recomendación de permanecer en el domicilio.
- Cierre de la apertura al público de los establecimientos, a excepción de los calificados como esenciales, previstos en el Anexo I del Acuerdo de CG de 20 de enero de 2021.
Movilidad:
- Limitación de entrada y salida de la unidad territorial evaluada (salvo excepciones Art. 3 Decreto Presidenta 15/2020, de 28 de octubre).
- Restricción de movilidad nocturna entre las 22:00h y las 06:00h.
- Recomendación de salir del domicilio solo para lo necesario, evitando espacios cerrados en los que se desarrollan actividades incompatibles con el uso de mascarillas y concurren muchas personas.
Velatorios, entierros y ceremonias fúnebres:
- Limitados al grupo de convivencia con un máximo de 10 personas en espacios cerrados.
- La celebración de actos y ritos en espacios cerrados estará limitada a grupos convivenciales convenientemente separados (primer y segundo grado y colateral del difunto) con un 50% del aforo.
- El acompañamiento de familiares durante el enterramiento se realizará con separación de grupos de convivencia y con un máximo de 15 personas.
Centros residenciales de personas mayores y con discapacidad, centros de día y centros de participación activa:
- Residencias de mayores y personas con discapacidad: restricción de las salidas de residentes. Restricción de las visitas.
- Centros de Participación activa: cierre de este tipo de centros.
Hogares del jubilado, ludotecas y centros de ocio juvenil:
- Cierre de este tipo de establecimientos.
Discotecas y locales de ocio nocturno:
- Cierre.
Establecimientos como salas de bingo, casinos, salones recreativos y de juegos, locales específicos de apuestas:
- Cierre total de este tipo de establecimientos. Excepción: Administraciones de loterías y establecimientos autorizados para venta de Loterías del Estado: Lunes y jueves de 9h. a 12h. para abonados.
Instalaciones y centros deportivos (fuera del ámbito regulado por el CSD):
- Suspensión general de las actividades. Excepción: la práctica de los equipos que participen en Ligas Profesionales (La Liga y ACB), así como el resto de competiciones oficiales absolutas de ámbito estatal que pertenezcan al primer, segundo y tercer nivel deportivo, además de los equipos de la categoría Juvenil División de Honor de fútbol. A estos efectos, se entiende que forman el equipo tanto los deportistas como el personal técnico. En el caso de deportistas de deportes individuales, podrán entrar y salir del territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja y de las localidades confinadas, para entrenar y para participar en Campeonatos de España o de competiciones oficiales de ámbito internacional, los deportistas catalogados como de alto nivel (DAN) o de alto rendimiento (DAR, hasta los de nivel C incluidos).
Congresos, encuentros, reuniones de negocio, conferencias, seminarios y otros eventos profesionales:
- Solamente se podrán realizar de forma telemática.
Academias, autoescuelas y otros centros de formación no reglada:
- Cierre de la actividad. Excepción: las autoescuelas podrán impartir cursos para la renovación del CAP y de la autorización ADR para conducir vehículos que transportan mercancías peligrosas, así como la recuperación del permiso de conducir para conductores profesionales
Hoteles, albergues turísticos, residencias de estudiantes y otros alojamientos:
- Cierre de zonas comunes.
- Cierre de albergues juveniles.
- Residencias de estudiantes:
- Prohibidas las visitas
Bibliotecas, archivos, salas de exposiciones, monumentos…
- Cierre de actividad
Piscinas y zonas de baño:
- Cierre de actividad
Parques y zonas de esparcimiento al aire libre:
- Abiertos manteniendo las medidas de distanciamiento, higiene y prevención.
- Prohibición del consumo de alcohol.
- Recomendación del cierre nocturno.
- Parques infantiles cerrados.
Caza y pesca
- Suspensión general de las actividades. No obstante, se podrán autorizar excepciones por parte de la Consejería competente de forma extraordinaria y por razones de sobrepoblación de especies cinegéticas o zoonosis, teniendo en cuenta los datos epidemiológicos cuando se lleve a cabo de forma individual, salvo unidad de convivencia, en el término municipal del lugar de residencia habitual.
Otros eventos culturales y de asistencia de público (en espacios cerrados y al aire libre).
- Suspensión de la actividad.