Tras la decisión del Consejo de Gobierno de pasar a Arnedo al nivel 4 del Plan de «medidas según indicadores», varias son las limitaciones a las que serán sometidas estas localidades.
Desde la 0:00 horas del jueves, estas actividades se podrán realizar en Arnedo.
Relaciones sociales y familiares:
- Limitación al máximo de los contactos fuera de los GCE.
- Reuniones hasta un máximo de 6 personas salvo que se trate de convivientes y sin perjuicio de las excepciones que se establezcan en relación a dependencias, instalaciones y establecimientos abiertos al público, o respecto a personas menores o dependientes. No están incluidas en la limitación las actividades laborales, educativas e institucionales, ni aquellas para las que se establezcan medidas específicas en la normativa aplicable.
- Mantenimiento de distancia interpresonal, prohibición de fumar en vía pública sin mantener la distancia de 2 m., prohibición de fumar en terrazas así como comer y beber en espacios públicos cuando no sea posible mantener la distancia de seguridad y fuera del GCE.
- Recomendación de permanecer en el domicilio.
Movilidad:
- Limitación de entradas y salidas del área territorial evaluada. Excepciones: Art. 3 Decreto de la Presidenta 15/2020, de 28 de octubre.
- Recomendación de salir del domicilio solo para lo necesario, evitando espacios cerrados en los que se desarrollan actividades incompatibles con el uso de mascarillas y concurren muchas personas.
- Restricción de movilidad nocturna entre las 23:00h y las 05:00h.
Velatorios, entierros y ceremonias fúnebres:
- Limitación de aforo a 1/3 en espacios cerrados (máximo 10 personas) siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad.
- Limitación de asistentes a 20 personas en espacios abiertos siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad.
Centros residenciales de personas mayores y con discapacidad, centros de día y centros de participación activa:
- Residencias de mayores y personas con discapacidad: limitación de salidas y de visitas garantizando las medidas de distanciamiento e higiene, bajo supervisión.
- Centros de Participación Activa: cierre de este tipo de centros.
Hogares del jubilado, ludotecas y centros de ocio juvenil:
- Apertura con un aforo del 50% en interior. Actividad permitida únicamente en mesas garantizando la distancia de 2 metros entre sillas de diferentes mesas. Ocupación máxima de 6 personas por mesas o agrupación de mesas.
Discotecas y locales de ocio nocturno:
- Cierre.
Establecimientos como salas de bingo, casinos, salones recreativos y de juegos, locales específicos de apuestas:
- Aforo del 30% en zonas interiores con máximo de 6 personas por mesa.
- Prohibición de consumo en barra.
- Limitación de la hora de admisión de clientes hasta 1 hora antes del comienzo del horario de restricción de movilidad nocturna.
Instalaciones y centros deportivos (fuera del ámbito regulado por el CSD):
- Zonas interiores:
- Gimnasios, instalaciones y centros deportivos: aforo máximo de 1/3 garantizando la distancia de seguridad y ventilación. En caso de no poder garantizarse deberán permanecer cerrados. En las actividades grupales se mantendrán los límites de personas aplicable a dicho nivel.
Congresos, encuentros, reuniones de negocio, conferencias, seminarios y otros eventos profesionales:
- Solamente se podrán realizar de forma telemática.
Academias, autoescuelas y otros centros de formación no reglada:
- Aforo del 1/3.
- Presencialidad si pueden garantizarse las medidas de prevención, distanciamiento e higiene.
- Suspensión de actividades donde asistan personas vulnerables.
- Recomendación de enseñanza telemática.
- Academias de danza, baile o similares: grupos máximo de 6 personas y uso obligatorio de mascarilla.
Hoteles, albergues turísticos, residencias de estudiantes y otros alojamientos:
- Hoteles
- Apertura de zonas comunes (1/3 de aforo) siempre que se garanticen las medidas de distanciamiento e higiene y se garantice una correcta ventilación.
- Albergues
- Apertura de zonas comunes (1/3 de aforo) siempre que se garanticen las medidas de distanciamiento e higiene y se garantice una correcta ventilación.
- Las personas de distintos grupos de convivencia no pueden pernoctar en la misma estancia
- Residencias de estudiantes:
- Prohibidas las visitas
Bibliotecas, archivos, salas de exposiciones, monumentos…
- Aforo del 50% para cada una de las salas y espacios públicos.
- Actividades en grupo máximo 6 personas.
Piscinas y zonas de baño:
- Aforo del 50% al aire libre y 1/3 en cerradas.
- Control de aforos.
Parques y zonas de esparcimiento al aire libre:
- Abiertos manteniendo las medidas de distanciamiento, higiene y prevención.
- Prohibición del consumo de alcohol.
- Recomendación del cierre nocturno.
Caza y pesca
- Permitida la actividad cinegética y de pesca en todas sus modalidades.
- Mantenimiento de distancia interpresonal de 1,5m. y uso de mascarilla.
- Si implica más de un cazador, el organizador o responsable de la cacería deberá disponer de un plan de actuación con las medidas de prevención e higiene. El contenido de dicho plan deberá difundirse entre los participantes y se adjuntará a la solicitud de autorización de cacería.
- Grupo máximo de 6 personas tanto para caza como pesca.
- No se compartirán utensilios de caza ni accesorios de comida o bebida.