La Justicia obliga al SERIS a indemnizar a una trabajadora agredida por un paciente en el Hospital San Pedro
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Logroño ha dado la razón a una trabajadora del Servicio Riojano de Salud (SERIS) que reclamaba una indemnización por los daños materiales sufridos durante una agresión de un paciente en el Hospital San Pedro.
La sentencia, conseguida a través de un recurso presentado por CSIF, obliga a la Administración riojana a abonarle 159 euros, más intereses y actualización.
La resolución judicial estima íntegramente el recurso de la profesional sanitaria y establece que el SERIS debe asumir los daños materiales sufridos por sus trabajadores durante el ejercicio de su actividad laboral, aunque hayan sido ocasionados por un paciente.
Los hechos ocurrieron el 10 de abril de 2026 en el Hospital San Pedro de Logroño. La afectada, técnica en Cuidados Auxiliares de Enfermería (TCAE) de la Unidad de Salud Mental Infantojuvenil, se dirigía a su puesto de trabajo cuando fue abordada por un paciente ingresado en Psiquiatría.
Durante el incidente, el paciente le arrancó las gafas y rompió la montura. La trabajadora presentó una reclamación por los desperfectos y aportó fotografías y una factura para acreditar los daños.
Sin embargo, el Servicio Riojano de Salud rechazó inicialmente la indemnización al considerar que los daños habían sido provocados por un tercero y que, por tanto, no existía responsabilidad de la Administración sanitaria.
El juzgado considera responsable al SERIS
La sentencia rechaza este argumento al considerar que el paciente no era una persona ajena al servicio público, sino que se encontraba ingresado en las instalaciones hospitalarias y bajo la atención del personal sanitario.
Por ello, el juzgado determina que la Administración debe hacerse cargo de los daños materiales sufridos por la profesional, sin perjuicio de que posteriormente pueda reclamar esa cantidad al responsable de los hechos.
Además de reconocer el derecho de la trabajadora a recibir una indemnización de 159 euros, más la actualización correspondiente y los intereses legales, el fallo condena al SERIS al pago de las costas procesales.
La resolución también considera acreditado que la agresión se produjo durante la jornada laboral, cuando la empleada se dirigía a su unidad. Asimismo, señala que no consta que provocara el altercado ni que incumpliera ningún protocolo o recomendación.
CSIF critica que los sanitarios tengan que acudir a los tribunales
Desde la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) valoran favorablemente la sentencia, que consideran un respaldo a los derechos de los profesionales sanitarios frente a los daños sufridos durante su actividad laboral.
El sindicato sostiene que los trabajadores no deberían afrontar personalmente las consecuencias económicas de las agresiones que puedan sufrir en sus centros de trabajo.
CSIF también critica que la afectada haya tenido que recurrir a la Justicia después de que la Administración rechazara su reclamación inicial.
En este sentido, la organización sindical considera «vergonzoso» que los profesionales sanitarios tengan que acudir a los tribunales para conseguir que la Administración asuma sus responsabilidades.
Por último, CSIF advierte de que, a las consecuencias personales y emocionales de una agresión, se añade la necesidad de iniciar procedimientos administrativos y judiciales para obtener una compensación por los daños sufridos.






