Hoy se ha conocido la última sentencia del caso Cantabrana que confirma que éste debería haber participado en igualdad de condiciones ante la ausencia de infracciones o delitos. Esta supone la quinta victoria de Cantabrana en los tribunales contra Podemos
Han pasado más de tres años desde que el asunto de acoso a Cantabrana se inició con la publicación por un medio de comunicación de un informe denominado «informe Cantabrana» que, con el tiempo, se ha ido desmontando y se ha demostrado la falsedad del mismo. Aquel fue el inicio de una serie de falsas acusaciones que se han produciendo durante este tiempo y que llegaron incluso a originar la expulsión de Cantabrana e incluso el impedimento de particiapar en las primarias de su partido.
”Me parece importantísimo que en esta sentencia los Magistrados dejen claro que no cometí ninguna infracción ni delito y que todo fueron acusaciones malintencionadas ‘falsas‘ y ‘absurdas‘ y que el único objetivo era apartarme ilegítimamente de las primarias, llegaron a acusarme de acciones de otra persona en momentos en los que yo ni estaba en la oficina (tras el Informe Cantabrana)” ha comentado Germán Cantabrana
La Audiencia Provincial nº 1 de Logroño, en su sentencia 324/2019, ha acuerdado desestimar el recurso de Podemos contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Logroño que el 25 de febrero de 2019 que ordenaba “retomar las Primarias de Podemos La Rioja y conceder a Germán Cantabrana una participación en igualdad de condiciones al resto de candidatos.”
Según recuerda el entorno de Cantabrana «Esta sentencia tiene gran relevancia por su virtual firmeza (solo cabe recurso de Casación) y porque los tres magistrados desmontan, a lo largo de 71 páginas, las supuestas infracciones y delitos achacados a Cantabrana por el Consejo Ciudadano Autonómico de Podemos La Rioja en ese momento, que firma esas denuncias, compuesto por Francisco “Kiko” Garrido, Miguel Reinares, Nazaret Martin, Raúl Pérez, Maria Luisa Martinez Rioja, María José Dueñas, Amaia Castro, Eduardo Moscardó, Alejandro Lamata y Carlos De Dios Sota; llegando a tachar de “absurdas” algunas de las aseveraciones que incluyen las denuncias.»
Igualmente, consideran que «también critican la endogamia en los órganos ya que los denunciantes son a su vez testigos y jueces al pertenecer al Consejo denunciante y a los Comités sancionadores. Esta crítica también se hace a Nuria Martín que votó la decisión en dos órganos distintos.»
Otro de los “tirones de orejas” del tribunal va referido a las falsedades y mentiras que las citadas personas incluyen en los informes para lograr la expulsión de Cantabrana, redactando y firmando un Expediente que luego niegan conocer.
Además, los magistrados recalcan, según recuerda el equipo Cantabrana, que durante decenas de páginas, que no existe ninguna constancia de infracciones o delitos por parte de Germán Cantabrana, remarcando lo “absurdo” de considerar en el Informe de Salud Laboral como “Hechos Probados” al carecer de cualquier prueba como así aseveró y sentenció el Juzgado de lo Social nº 2 de Logroño en la sentencia que adquirió Firmeza al ser aceptado por Podemos en julio de 2019.