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El Gobierno de La Rioja actualiza las indemnizaciones a reses heridas por ataques de lobo

La resolución tiene efecto retroactivo con fecha de 1 de enero y fija para el caso del ovino un importe para oveja herida por daño por lobo en 81,57 euros

La Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente publica hoy, día 23, en el Boletín Oficial de La Rioja (BOR), la resolución con las actualizaciones de indemnizaciones a reses por daños por lobo con heridas incompatibles con la vida.

En este sentido, la resolución establece para los casos muy graves, aunque el animal tenga posibilidad de recuperarse, que, si su actividad reproductiva queda dañada irreversiblemente, se considerará que la indemnización es equivalente a que el animal hubiera muerto.

En el caso del ovino, independientemente de las diferentes casuísticas en cuanto a su gravedad y tipología, se estimará el importe para oveja herida con 81,57 euros. En el caso de reses de ovino cuyas heridas sean incompatibles con la vida, quedará reflejado el hecho de que económicamente no compensa la cura del animal y se procederá a una indemnización equivalente a la muerte del animal. Por ello, se establecen, para carneros, carneros berrinchones y resto de ovino-caprino, unas indemnizaciones de 310 euros, 450 euros y 196,85 euros, respectivamente.

Para el supuesto del caso del bovino y el equino, se aplicarían las indemnizaciones calculadas, 995,21 euros y 715,15 euros por animal herido, respectivamente, en casos de afección muy graves; de 352,42 euros y 323,73 euros por animal herido para casos de afección graves; y, por último, en los casos de afección leves y moderados se aplicarán las indemnizaciones medias calculadas, 130,54 euros para bovino y 116,20 euros para equino, por animal herido.

Toda la catalogación de daños graves y muy graves se realizará a través de un informe emitido por el profesional competente de la rama veterinaria que atienda la explotación, indicando el número de identificación de la res atendida. De esta forma, si una res herida se indemnizara con un importe equivalente a la de la res muerta, ésta no podrá volver a ser indemnizada por futuros ataques.

Del mismo modo, a aquella res herida que sea indemnizada por lesiones catalogadas como leves y moderadas, y que posteriormente muera fruto del mismo hecho, le será detraída del importe final, aquel que comportaba la lesión catalogada como leve.

En el caso de daños generados en los perros destinados al cuidado del ganado catalogados como graves, los importes por animal herido serán por mastín 277,78 euros y por pastores 238,28 euros.

 

Por último, cabe recordar que el Ejecutivo regional ya aumentó el año pasado un 38% respecto a 2021 las indemnizaciones por daños de lobo, de 147.000 euros a 347.000 euros. De esta forma, se incrementaron hasta los 196,85 euros por oveja; los daños por lobo en vacuno subieron un 98%, hasta los 995,21 euros; y, por último, para yegua o caballo el aumento fue de un 46%, con un importe de 1.450,94 euros.

 

 

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