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El Ayuntamiento de Calahorra recrea un «pintoresco» pleno con retirada de un punto de su orden del día

Calahorra ha vivido esta mañana un pleno de lo más surrealista, en el que cada palabra, cada hecho, pesaba más que la anterior y daba al desarrollo de la sesión un punto más estrambótico y pintoresco.

Un expediente escrito a mano, con declaraciones judiciales de concejales cuya existencia se desvelaba durante la sesión mientras participaban en ella.

Declaraciones de ediles cuya existencia, «Oh my god», parecían no conocerse por los presentes, a pesar de aparecer, parece ser, manuscritos en el expediente y con tachones. Sí, tachones incluidos.

Pero ya no uno, eran dos los concejales, conocíamos después. Y todos ellos allí. Como para que, desde la banda contraria en la que se estaba desarrollando el mayor peso del juego, se preocuparan, de pronto, de que un concejal, otro, se incorporase al pleno con el debate iniciado.

Y en medio de todo esto, cualquier espectador con mínimos, (¡mínimos!), conocimientos de procedimientos administrativos,  debía estar contemplando boquiabierto lo que estaba ocurriendo.

Interrumpió entonces la Secretaria del Ayuntamiento para poner sensatez y derecho en la sesión: los concejales que han participado en el procedimiento debían abstenerse de votar, incluso de participar en el debate (recopilemos, cuatro turnos de palabra después).

Además, proseguía, de no hacerlo, cabía la recusación de los mismos. «Ellos, que tienen que conocer, que no pueden votar en un asunto en el que han participado, deberían haberse abstenido», lapidaba Belén Revilla, quien además de Secretaria del Ayuntamiento es miembro del Consejo Consultivo de La Rioja.

Y sobrevolaban de pronto la palabra mágica, el abracadabra de la suspensión del pleno y su reconsideración: nulidad. Chim Pum. «¿El punto puede ser debatido y votada sin la concurrencia de ambos concejales?». Estupendo. «La nulidad la tiene que decretar un juez», recordaba Revilla.

Receso. Otro. Decisión: suspender la sesión para que se pronuncie la instructora.

Mientras el procedimiento, que no la infracción, caduca en cuatro días.

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