Condenada a cuatro años de prisión por lanzar un vaso de cristal a una mujer en una discoteca de Logroño
La Audiencia Provincial de La Rioja ha condenado a una mujer a cuatro años de prisión por un delito de lesiones con instrumento peligroso y deformidad, tras agredir a otra mujer con un vaso de cristal en una discoteca de Logroño durante la madrugada de Año Nuevo de 2024.
Según recoge la sentencia, los hechos ocurrieron en la discoteca “Macao”, cuando la acusada, de 27 años en aquel momento, lanzó de forma sorpresiva un vaso de cristal contra el rostro de la víctima, de 33 años, causándole graves heridas en la cara, la nariz, el labio superior y el párpado izquierdo.
El tribunal considera probado que la agresora actuó “sin mediar razón alguna” y que cogió el vaso para arrojarlo “directamente y con fuerza” contra la perjudicada, provocando que el cristal se rompiera al impactar.
La víctima necesitó asistencia médica y quirúrgica, con varios puntos de sutura, y tardó 109 días en recuperarse. Además, arrastra cicatrices permanentes en el rostro, consideradas por la Sala como un perjuicio estético moderado, así como secuelas psicológicas derivadas de un trastorno por estrés postraumático.
La sentencia basa la condena en las declaraciones de la víctima, varios testigos presenciales y el propietario del establecimiento, quienes coincidieron en señalar que el lanzamiento del vaso fue deliberado y ejecutado desde corta distancia.
La Audiencia destaca además que el vaso de cristal utilizado constituye un instrumento peligroso, al entender que tenía capacidad para causar lesiones de gravedad al ser empleado directamente contra la cara de la víctima.
El fallo también aprecia la existencia de deformidad, ya que las cicatrices son visibles, permanentes y afectan a zonas especialmente expuestas del rostro. El tribunal añade que una posible cirugía estética no elimina la consideración jurídica de esas secuelas.
La defensa solicitó aplicar una atenuante por consumo de alcohol, aunque la Sala la rechaza al considerar que no quedó acreditado que las capacidades de la acusada estuvieran alteradas durante la agresión.
Además de la pena de prisión, la condenada deberá indemnizar a la víctima con 45.260 euros por las lesiones y secuelas sufridas. También tendrá que asumir los gastos sanitarios reclamados por el Seris, que se determinarán durante la ejecución de la sentencia.
La resolución judicial no es firme y ha sido recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja. La sentencia contempla asimismo la sustitución de parte de la condena por la expulsión de la acusada a Marruecos durante seis años, una vez cumpla la mitad de la pena o acceda al tercer grado o la libertad condicional.



