Actualidad Rioja Baja
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Alfaro pasa a nivel 2 mientras Calahorra y Arnedo se quedan en el 3

El Consejo de Gobierno de La Rioja ha determinado hoy mantener a La Rioja en nivel 2 y pasar a los municipios de Alfaro, Nájera y Villamediana a este mismo nivel.

Se mantienen, sin embargo, en nivel 3 Calahorra, Arnedo, Haro y Fuenmayor.

LAS RESTRICCIONES DE NIVEL DOS

Hostelería
100% exteriores
75% interiores
2 metros distancia
Cierre 00h (podría pasar a situarse en la 1:00)
Ocio nocturno cerrado
Recomendación: 6 personas/mesa

Comercio
75% aforo
75% mercadillos

Deporte
50% aforo

Ocio y cultura
75% aforo
Ferias: Máximo 1.000
personas

Congresos
75% aforo

Velatorios
50% aforo

Academias
50% aforo
75% aforo

Reuniones
Recomendación: Máximo 6 personas

PRINCIPALES MEDIDAS

REUNIONES
– Se recomienda un máximo de 6 personas salvo que se trate de convivientes y sin perjuicio de las excepciones que se establezcan en relación a dependencias, instalaciones y establecimientos abiertos al público, o respecto a personas menores o dependientes. No están incluidas en la limitación las actividades laborales, educativas e institucionales, ni aquellas para las que se establezcan medidas específicas en la normativa aplicable.

MOVILIDAD
– Recomendar limitación de los viajes no esenciales fuera de la unidad territorial evaluada.

ZONAS INTERIORES DE ESTABLECIMIENTOS DE RESTAURACIÓN Y HOSTELERÍA (BARES, CAFETERÍAS Y RESTAURANTES –
INCLUIDOS LOS DE LOS HOTELES-)
– Apertura aun75%de su aforo interior.
– Recomendación de un máximo de 6 personas por mesa o agrupación de mesas. Garantizar la distancia entre mesas de al menos 2 metros entre sillas de diferentes mesas.
– Prohibicióndeconsumoenbarra.
– Cierre a las 0:00. Excepciones:

– Los comedores de hoteles, casas rurales, y otros alojamientos tales como campings, que podrán servir comidas únicamente a las personas que se encuentren alojadas en su establecimiento y siempre cuando se cumplan estrictamente las medidas preventivas de carácter sanitario con carácter general.

– Los servicios de restauración incluidos en centros y servicios sanitarios y sociosanitarios, los servicios de comedor de carácter social, y los comedores escolares y de empresa.

ZONAS EXTERIORES DE ESTABLECIMIENTOS DE RESTAURACIÓN Y HOSTELERÍA (BARES, CAFETERÍAS Y RESTAURANTES – INCLUIDOS LOS DE LOS HOTELES-)
– Recomendación de un máximo de 6 personas por mesa o agrupación de mesas
– Mismo horario que en interiores.
– Apertura del 100% del aforo
– Mesas con una distancia de al menos 1,5 metros entre sillas de diferentes mesas.
– En todo momento se hará uso de la mascarilla cuando no se esté comiendo ni bebiendo.
– Queda prohibida la utilización de cachimbas, pipas de agua y similares.
– Los establecimientos deberán realizar una limpieza y desinfección del equipamiento, en particular mesas, sillas, así como cualquier otra superficie de contacto, entre un cliente y otro.
– Se priorizará la utilización de mantelerías de un solo uso. En el caso de que esto no fuera posible, debe evitarse el uso de la misma mantelería o salvamanteles con distintos clientes, optando por materiales y soluciones que faciliten su cambio entre servicios y su lavado mecánico en ciclos de lavado entre 60 y 90 grados centígrados.
– Se recomienda no tener juegos de mesa tales como cartas, ajedrez o damas para uso compartido en el local, salvo que se desinfecten tras su uso.

DISCOTECAS, LOCALES DE OCIO NOCTURNO
– Cierre.

LOCALES COMERCIALES Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y MERCADILLOS
– Los servicios de recogida y envío a domicilio se mantendrán operativos, siempre manteniendo las medidas de distanciamiento e higiene y prevención.
– Se procurará el establecimiento de un horario de atención con servicio prioritario para mayores de 65 años.
– Se prohíbe la venta de alcohol a partir de las 22:00 horas y hasta las 06:00 horas del día siguiente en gasolineras, supermercados y máquinas expendedoras.
– Locales: 75%. Si no es posible mantener la distancia de seguridad, se restringirá la permanencia dentro del local a un cliente.
– Mercadillos:75% de los puestos habitualmente autorizados

ACADEMIAS, INCLUSO DANZA, BAILE O SIMILARES; AUTOESCUELAS; ENTIDADES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE JUVENTUD Y OTROS CENTROS DE FORMACIÓN NO REGLADA (INCLUIDAS ACTIVIDADES PROMOVIDAS POR LAS ADMINISTRACIONES)
– Podrá impartirse de un modo presencial siempre que se mantengan las medidas físicas de distanciamiento e higiene y prevención, con los siguientes requisitos:
– 75% del aforo.
– Se suspenderán las actividades donde asistan personas vulnerables. HOTELES,

ALBERGUES TURÍSTICOS, JUVENILES, Y OTROS ALOJAMIENTOS
– En albergues turísticos, las personas de diferentes grupos de convivencia no pueden pernoctar en la misma estancia.
– Apertura de zonas comunes al 50% del aforo y siempre garantizando las medidas de distanciamiento de higiene y prevención y favoreciendo el uso de zonas bien ventiladas.

VELATORIOS, ENTIERROS Y CEREMONIAS FÚNEBRES
– Limitar aforo al 50% en espacios cerrados siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad.
– Sin limitaciones en espacios abiertos siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad.

LUGARES DE CULTO Y OTRAS CEREMONIAS (NUPCIALES, BAUTIZOS…) – NO HACE REFERENCIA A LA CELEBRACIÓN EN
HOSTELERÍA –
– Ceremonias: no podrá superar el 50% de aforo en espacios cerrados.
– Sin limitaciones al aire libre siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad.
– Lugares de culto: no podrá superar el 50% de aforo en espacios cerrados. Ofrecer servicios telemáticos o por televisión.

CENTROS DE PARTICIPACIÓN ACTIVA
– Apertura a un 75% de su aforo interior.
– Actividad permitida únicamente en mesas garantizando la distancia entre mesas de al menos 2 metros entre las sillas de diferentes mesas. Recomendación de ocupación máxima de 6 personas por mesa o agrupación de mesas.

HOGARES DEL JUBILADO, LUDOTECAS, CENTROS DE OCIO JUVENIL
– Apertura a un 75% de su aforo interior.
– Actividad permitida únicamente en mesas garantizando la distancia entre mesas de al menos 2 metros entre las sillas de diferentes mesas. Recomendación de ocupación máxima de 6 personas por mesa o agrupación de mesas.

RESIDENCIAS DE ESTUDIANTES
– Apertura de zonas comunes a 50% del aforo (incluidos comedores, donde se pueden establecer turnos) y siempre garantizando las medidas de distanciamiento de higiene y prevención.
ESTABLECIMIENTOS COMO SALAS DE BINGO, CASINOS, SALONES RECREATIVOS Y DE JUEGO, Y LOCALES ESPECÍFICOS DE APUESTAS
 Apertura a un 75% de su aforo interior.
 Recomendación de ocupación máxima de 6 personas por mesa o agrupación de mesas. Garantizar la
distancia entre mesas de al menos 2 entre las sillas de diferentes mesas.
– Prohibición de consumo en barra

CONGRESOS, ENCUENTROS, REUNIONES DE NEGOCIO, CONFERENCIAS, SEMINARIOS Y OTROS EVENTOS PROFESIONALES
– No podrá superar un aforo del 75% y siempre garantizando las medidas de distanciamiento e higiene y prevención.
– Evitar las aglomeraciones en zonas de descanso.
ZONAS INTERIORES DE INSTALACIONES Y CENTROS DEPORTIVOS (FUERA DEL ÁMBITO REGULADO POR EL CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES)
– Gimnasios, instalaciones y centros deportivos: 50% de aforo garantizando distancia de seguridad y ventilación. Cerrados, si no se puede garantizar.
– Recomendación de un máximo de 6 personas en las actividades grupales.
– Uso obligatorio de mascarilla.

EJERCICIO FÍSICO O DEPORTE EN GRUPO NO PROFESIONAL
 Para estos eventos deportivos valorar el riesgo de acuerdo a los protocolos y procedimientos del Consejo Superior de Deportes (Protocolo de actuación para la vuelta de competiciones oficiales de ámbito estatal y carácter no profesional-Temporada 2020-2021).
 Se deberá garantizar en todo momento las normas de distancia física y medidas de prevención e higiene de acuerdo al Decreto-Ley 2/2021 y normativa autonómica de aplicación.
 Vestuarios y duchas: control de acceso para asegurar las medidas de distancia e higiene y prevención.
 Permitidos eventos deportivos garantizando las medidas de distancia e higiene y prevención y un aforo de
público de 50%.
 Recomendación de un máximo de 6 personas en las actividades grupales.

PRÁCTICA DEPORTIVA FEDERADA Y PROFESIONAL
 Para estos eventos deportivos valorar el riesgo de acuerdo a los protocolos y procedimientos del Consejo Superior de Deportes (Protocolo básico de actuación para la vuelta a los entrenamientos y el reinicio de las competiciones federadas y profesionales).
 Se deberá garantizar en todo momento las normas de distancia física y medidas de prevención e higiene de acuerdo al Decreto-Ley 2/2021.
 Competiciones de los Juegos Deportivos de La Rioja PISCINAS Y ZONAS DE BAÑO
 Piscinas: limitación de aforo al 75% al aire libre y 50% en cerradas.
 Control de aforos.

CINES, TEATROS, AUDITORIOS, CIRCOS DE CARPA Y ESPACIOS SIMILARES, ASÍ COMO LOCALES Y ESTABLECIMIENTOS DESTINADOS A ACTOS Y ESPECTÁCULOS CULTURALES
Entradas numeradas.
 Asientos preasignados.
 No se permite comer ni beber durante el espectáculo.
 Se establecerán sistemas de entrada y salida que garanticen que no se producen aglomeraciones y que se respete la distancia de seguridad de 1,5 metros.
 Se proporcionará gel hidroalcohólico a la entrada y salida del local o recinto en que se celebre la actividad.
 Aforo máximo al 75% siempre que se pueda mantener un asiento de distancia en la misma fila en caso de
asientos fijos o 1,5 metros de separación si no hay asientos fijos, entre los distintos grupos de convivencia.

BIBLIOTECAS, ARCHIVOS, MUSEOS, SALAS DE EXPOSICIONES, CENTROS DE INTERPRETACIÓN, MONUMENTOS Y OTROS EQUIPAMIENTOS CULTURALES
 Aforo máximo al 75% para cada una de sus salas y espacios públicos.

FIESTAS PATRONALES, VERBENAS, OTROS EVENTOS POPULARES Y ATRACCIONES EN RECINTOS FERIALES
 Uso de mascarilla obligatoria
 Se establecerán sistemas de entrada y salida que garanticen que no se producen aglomeraciones y que se
respete la distancia de seguridad de 1,5 metros.
 Se tomará la temperatura a la entrada y se proporcionará gel hidroalcohólico a la entrada y salida del local o recinto en que se celebre la actividad.
 Los recintos Feriales estarán organizados por calles, donde los clientes irán en una sola dirección por calle.
 No estará permitido fumar dentro del recinto ferial.
 No se permite comer ni beber fuera de la zona dedicada a la hostelería.
 Los puestos de comidas y bebidas deberán estar separados físicamente de las atracciones y se deberán cumplir las normas sanitarias de la hostelería con carácter general.
 Limpieza y desinfección del equipamiento, en particular cualquier superficie en la que haya habido contacto, entre un cliente y otro.
 Se cumplirá lo recogido en el Protocolo y guía de buenas prácticas dirigida a la actividad en los recintos feriales y atracciones de feria.
 Delimitación perimetral del recinto ferial
 Control de entrada y salida en el recinto mediante la venta o registro nominal de entradas
Cada menor podrá ir acompañado de una persona adulta
 Aforo 10m2 por persona hasta un máximo de 1.000personas

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